El viernes 28 de agosto vence el plazo para presentar los comentarios por parte de las EPS sobre el proyecto normativo que comprende “Dispocisiones para la emisión de opinión vinculante y determinación del precio máximo unitario respecto a la propuesta de alternativas de abastecimiento de agua y tratamiento de aguas residuales en las empresas prestadoras de servicio de saneamiento” y la modificación del “Procedimiento para determinar la tarifa incremental en el periodo regulatorio vigente por incorporación de inversiones y costos que no fueron incluidos en la fórmula tarifaria”
Mediante el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 011-2020 se incorporó al Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el Título IX, denominado “Alternativas para el abastecimiento de agua y el tratamiento de agua residual”, el cual contiene disposiciones que facultan a los prestadores de servicios de saneamiento a contratar, por un plazo determinado, proveedores para el abastecimiento de agua o el tratamiento de aguas residuales, contexto en el cual corresponde a este organismo regulador evaluar la viabilidad técnica y económica de la alternativa planteada por el prestador, y de ser favorable determinar un precio máximo unitario que servirá para la evaluación de las ofertas de los postores en el eventual proceso de contratación.
Los comentarios deberán ser remitidos a:
– Mesa de Partes Virtual de la SUNASS.
– Correo electrónico dpn@sunass.gob.pe
Documentos de interés: